6.000 € DE SANCIÓN POR INSTALAR CÁMARAS DE VIDEOVIGILANCIA EN UN PISO COMPARTIDO

La AEPD ha sancionado con 6.000 euros al propietario de una vivienda compartida por instalar cámaras de videovigilancia en distintas zonas comunes del inmueble.

Aunque la existencia de las cámaras figuraba en el contrato de alquiler del inmueble y en las normas de convivencia firmadas por los inquilinos, la #AEPD considera que la firma no supone, por sí sola, un consentimiento válido.

El RGPD exige que el consentimiento sea libre, específico, informado e inequívoco. Además, la instalación de cámaras en una vivienda afecta especialmente a la privacidad de quienes residen en ella.

Es muy importante que antes de instalar cámaras analices su base jurídica, necesidad y proporcionalidad.

 

 

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